Cámara del Crimen - Esta vez prevaleció el “beneficio de la duda”

Absolución y libertad para exconvicto villamariense

Como hace cinco años, Miguel “Luli” Ludueña volvió a sentarse en el banquillo de los acusados, ahora por un asalto a mano armada en una heladería local. Sin embargo, la víctima del atraco no pudo reconocerlo y el propio fiscal pidió que fuera absuelto
viernes, 23 de septiembre de 2022 · 09:06

El principio jurídico del “in dubio pro reo” (se puede traducir como “ante la duda se debe favorecer al acusado”) fue la clave para que el camarista Félix Martínez absolviera ayer a Miguel Omar Ludueña (44), alias “Luli”, y ordenara su inmediata libertad, al cabo de un juicio en el que el exconvicto compareció acusado de haber asaltado una heladería de la ciudad.

La expresión latina hace referencia a lo que, en términos legales, se conoce como “beneficio de la duda”, justamente porque una de las pruebas colectadas en la causa que se le seguía a Ludueña no fue contundente como para imponerle una condena.

La propia víctima del robo, una joven mujer que al momento del hecho trabajaba como empleada de la heladería asaltada el 24 de julio de 2021, no pudo reconocer al acusado como el ladrón que ingresó armado al local comercial.

Incluso durante los alegatos, primero el fiscal Francisco Márquez y luego la defensora oficial Silvina Muñoz, solicitaron la absolución de Ludueña justamente porque el resto de la prueba que lo incriminaba terminó siendo endeble desde el mismo momento en que la única testigo presencial del atraco no lo identificó como el sujeto que la había asaltado.

Principal sospechoso

En su momento, los antecedentes del exconvicto contribuyeron para que los “ojos” de la Policía y la Justicia se posaran sobre él, y no fue una elección caprichosa. Hace poco más de cinco años, la misma Cámara del Crimen de Villa María lo condenó por haber asaltado una inmobiliaria local el 5 de diciembre de 2015, de donde él y un hermano menor se llevaron un maletín que contenía 5.000 pesos (por entonces, una suma más que importante), 6.700 dólares, varios cheques de terceros, chequeras y otros documentos.

En efecto, el 30 de agosto de 2017, los Ludueña fueron condenados como coautores de “robo calificado por uso de armas de fuego no operativas”, al cabo de un juicio abreviado presidido por el excamarista René Gandarillas (ya jubilado), y que también contó con la participación del fiscal Márquez y de la asesora letrada Muñoz.

Con los rostros descubiertos, a plena luz del día y utilizando una escopeta que no funcionaba y una pistola de juguete, los hermanos irrumpieron en la sede de la firma Raíz Grupo Inmobiliario, ubicada en bulevar Italia 133, y se llevaron el dinero y los valores mencionados.

Sin embargo, ambos delincuentes fueron atrapados minutos más tarde y se recuperó todo el botín, al tiempo que se comprobó que las armas que utilizaron no servían como tales.

Al momento de realizarse aquel juicio, pudo saberse que Miguel Ludueña había pasado casi 10 años en la cárcel por diferentes hechos, en su mayoría delitos contra la propiedad.

 

Por el mismo delito

En esta nueva causa, “Luli” volvió a ser acusado como autor de “robo calificado por uso de arma de fuego cuya operatividad no se pudo acreditar”, un delito que tiene una escala penal que va de los tres a los 10 años de prisión.

No obstante, ahora la cuestión fue diferente. Convencido de su inocencia, el presidiario no quiso aceptar un juicio abreviado (para lo cual debía confesar su culpabilidad y recibiría una condena similar a la de 2017) y decidió enfrentar las pruebas que lo incriminaban, pero sobre todo la certeza de que la víctima del asalto a la heladería no lo reconocería, “porque yo no fui quien cometió el robo”, según afirmó a poco de iniciada la audiencia de debate.

Y no se equivocó. A tal punto que el propio acusador público pidió que se lo absolviera, invocando para ello aquel viejo principio jurídico del “in dubio pro reo”.

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