Los concejales no cobran dieta (1925)

En el mismo año en que el conservador Ramón José Cárcano asumió por segunda vez la gobernación de Córdoba, en Villa María se eligieron nuevas autoridades municipales. Uno de los primeros proyectos que trató el Concejo Deliberante local estuvo referido a la dieta de los legisladores de la ciudad
domingo, 28 de abril de 2024 · 09:00

Proyecto de Bourlier y Arce

El 17 de noviembre de 1925, en el Concejo Deliberante de Villa María, se realizó la ceremonia de asunción del intendente y los concejales electos. El radical Eugenio Parajón Ortiz, por primera vez, quedó al frente del Poder Ejecutivo municipal; por su parte, los concejales ocuparon las bancas del Legislativo local. En la sesión del 5 de diciembre de ese mismo año, los legisladores locales Luis P. Bourlier y Casimiro Arce presentaron un proyecto que planteaba el "renunciamiento de las dietas de los señores concejales que, de acuerdo al art. 100 de la nueva ley, les corresponde percibir". Se dispuso que el proyecto fuera estudiado por la Comisión de Hacienda del mismo cuerpo legislativo. Por otra parte, los legisladores locales decidieron que el Concejo solo sesionaría los días sábado.
El 12 de diciembre de 1925, la sesión estuvo presidida por Porfirio Seppey, con la presencia de los concejales José María Vijande, Luis P. Bourlier, Casimiro Arce, Jorge Vigoroux y Carlos D. Gigena. En tanto, el concejal Carlos Fresson estuvo ausente. En el acta número 120 del libro del Concejo correspondiente a ese año  figura que el  décimo punto considerado ese día fue tratar el "Despacho de la Comisión en el Proyecto de los Sres. Casimiro Arce y Luis P. Bourlier, sobre renuncia de dietas".

 

Concejales renunciaron a su dieta

La Comisión de Hacienda se expidió "aconsejando la sanción del proyecto". Al inicio del debate en la sala, uno de los autores del proyecto,  "el señor Casimiro Arce", manifestó "que, aunque el Art. 100 de la L.O. -Ley Orgánica- de Municipalidades autoriza a los señores concejales asignarse un sueldo que no exceda el dos por ciento del presupuesto, considera que no es correcto hacerlo para sí mismo y pide se le acompañe a votar favorablemente de acuerdo a lo dictaminado por la comisión". Por su parte, el señor Carlos D. Gigena manifestó que no tenía ningún interés en lo que respecta a las dietas, pero consideraba que no era incorrecto ni afectaba "en nada la moral de los señores concejales, porque ejercitan un derecho que la ley les acuerda". También manifestó que lamentaba "la ausencia de su colega, el Sr. Carlos Fresson, porque tenía conocimiento que deseaba hacer algunas consideraciones". En tanto, el concejal Bourlier opinó que “todos los servicios deben ser remunerados, pero en la forma que expresa la ley pertinente”, y que no consideraba oportuno "asignarse dietas para sí mismos".

En el momento de la votación, los concejales llevaron adelante la sanción de la norma legal. El primer artículo del decreto dice: "Los miembros del Concejo Deliberante renuncian al goce de la dieta, que les da derecho al art. 100 de la Ley Orgánica Municipal". El segundo artículo es de forma y ordena: "Comuníquese, publíquese y dese al R.M."

 

Una medalla

En esa misma sesión, el Concejo Deliberante trató un proyecto presentado por José M. Vijande y Jorge Vigourau "sobre acuñación de una medalla que usarán los señores concejales como distinción de su investidura". Vijande propuso que se produjera el tratamiento sobre tabla y ese mismo día se aprobara el proyecto  "encargando al señor presidente las gestiones del caso para la acuñación de las mismas".

La redacción del primer artículo de la ordenanza aprobada dice: "Los señores miembros del H. C. usarán una medalla con la siguiente leyenda: ‘Municipalidad de Villa María’, y el escudo Municipal en el anverso; el título, nombre del concejal y fecha que empieza y termina su mandato; sirviendo esta medalla para que se dé a conocer el carácter que inviste."

En la misma norma legal que estableció la creación de la referida medalla se fijó que la misma daría "acceso a las dependencias municipales, establecimientos públicos o particulares subvencionados por la Municipalidad y a todos aquellos sitios donde se ejerza una industria, comercio, etc, que pueda afectar o poner en peligro la salud, seguridad o moralidad de los habitantes del municipio". La medalla también permitiría acceder a "todas las salas de espectáculos públicos".

La discusión acerca de si debe, y cuánto, cobrar un político que asume funciones en el Gobierno es algo que viene siendo planteado desde hace mucho tiempo. Las respuestas son variadas y se basan en diferentes argumentos. Algunos plantean que si los funcionarios políticos no cobran lo suficiente para vivir, solo quienes tienen recursos económicos suficientes para sus gastos podrían asumir responsabilidades en los gobiernos. Esto iría contra el propio concepto de democracia. Por otra parte, se plantea que resulta necesario que tengan buenos sueldos para no ser "tentados" por quienes podrían ofrecerle dinero extra para comprarles su voluntad. Este argumento tiene una gran debilidad, pues si se asume que el político de turno vendería por dinero su voluntad, siempre existirá quien le ofrezca mucho más de lo que le pague el Estado. Lo concreto es que los concejales villamarienses, en 1925, encontraron la salida que aquí comento, no cobrar dieta y ser distinguidos por una medalla que, a su vez, les permitiría dar cuenta del honor que les había otorgado el voto popular.

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