Reuniones familiares

El Concejo Deliberante ratificó el Decreto Municipal

sábado, 6 de junio de 2020 · 08:39

El Concejo Deliberante villamariense ratificó anoche el Decreto Municipal por el que se permiten, en el conglomerado Villa María - Villa Nueva, las reuniones exclusivamente de grupos familiares de hasta 10 personas.

Las mismas se podrán realizar desde hoy y todos los días sábados desde las 9 y hasta la 1 de la madrugada del domingo y los domingos entre las 9 y las 24, quedando expresamente prohibido el traslado de personas a distritos diferentes al mencionado conglomerado.

Por otra parte, se habilitó el funcionamiento de centros de estética en la ciudad, donde los locales y profesionales deberán capacitar a la totalidad del personal involucrado en sus servicios, considerando a los mismos a todos aquellos que ingresan a la superficie donde se desarrolla la actividad, tanto los titulares como empleados.

Podrán funcionar de lunes a viernes de 9 a 17 y los sábados de 8 a 13, entendiéndose como centro de estética al establecimiento en el que se prestan todo tipo de servicios relacionados con la belleza y el cuidado de la imagen realizado por los profesionales, como el cuidado de la piel, cuidado de manos, pies y uñas, estética facial o depilación, entre otros.

En la Sesión Especial que comenzó pasadas las 20 horas, se ratificó un decreto permitiendo la realización de actividades deportivas no competitivas e individuales y de esparcimiento que se podrán realizar todos los días de 7 a 18, quedando prohibidas las aglomeraciones de personas para la práctica de caminatas deportivas, ciclismo, tenis, paddle, golf, tiro al blanco, mountain bike, pelota a paleta, equitación y paseo en motocicleta.

También se habilitó la práctica de buceo individual, deportes a vela, kayak de travesía, kitesurf, pesca deportiva de costa, jet sky y motos de agua. En todos los casos, la persona deberá salir de su casa vestido con su ropa deportiva y su equipamiento debidamente higienizado.

Por otra parte, se ratificó otro decreto que permite el funcionamiento del transporte urbano e interurbano de pasajeros con una capacidad máxima autorizada del 60% de utilización de las unidades, no permitiéndose el transporte de pasajeros parados y debiendo llevar puestos barbijos no quirúrgicos.

 

8%
Satisfacción
16%
Esperanza
8%
Bronca
0%
Tristeza
0%
Incertidumbre
66%
Indiferencia

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