Ayer en el Concejo Deliberante

Presentaron una solicitud de revocatoria del mandato de Gill

Diversos dirigentes políticos dimensionaron que están dadas las condiciones para acceder a tal petición. “Es una herramienta para que los vecinos puedan expresar su enojo o satisfacción”, explicaron
martes, 9 de marzo de 2021 · 08:52

Varios representantes políticos convergieron durante la mañana de ayer en el Concejo Deliberante a los fines de “solicitar formalmente la revocatoria del mandato del intendente en uso de licencia, Martín Rodrigo Gill”.

Carlos Gilibertti de Modecopa, Alejandro López (Encuentro Vecinal), Marcelo Montes (Ucedé), Guillermo Nardi (Gen), Gloria Serangeli (Ari) y Leandro Torti (Suma), expresaron que tal pedido está fundamentado “por la defraudación de la voluntad del electorado villamariense que lo honró eligiéndolo para ejercer la Intendencia de la ciudad”, y alega también “el abuso de poder que implica colocarse por encima de la Carta Orgánica”.

 

“Somos una herramienta”

Tras lo presentado, Gilibertti, Montes y Torti, acompañados por la presidenta de Modecopa Silvia Fermani, brindaron mayores precisiones a El Diario.

“Esto es el resultado de muchas reuniones que hemos llevado a cabo cuando hicimos una primera presentación y empezamos a trabajar para que no se le volviera dar la licencia a Gill”, explicó Gilibertti, y agregó: “Uno de los caminos que estábamos viendo  en ese momento era el de tomar la revocatoria. Así, tras cuatro o cinco reuniones se tomó finalmente la determinación. Vimos la parte legal (donde trabajaron los abogados representantes de cada partido) y coincidimos en que esta sería la única herramienta por la cual los vecinos de la ciudad se pueden expresar sin tener presiones”.

En ese marco, el entrevistado también marcó: “Antes de organizar marchas, buscar a la gente por las redes sociales o también el tema de que mucha gente se queja y no sabe a donde ir, (tendríamos) una herramienta legal  más simple para que los vecinos puedan expresar su enojo o satisfacción”.

“Ahora, depende de los concejales y algunos otros como Gill,  que serán quienes decidan si nos dan la posibilidad o no. Si nos dan la posibilidad, el trabajo va a pasar a ser de los vecinos. Nosotros, como ciudadanos, somos la transmisión de una herramienta para que los vecinos puedan decidir si seguir con la licencia o si se tienen que dar las elecciones”, sostuvo.

En su turno, Torti especificó: “La primera licencia la entendimos como una falta ética, defraudando la voluntad popular; ya con la segunda se rompe el sentido de la Carta Orgánica que no tiene el artículo de los 180 para estas situaciones ¿Cuál es el tema en todo esto? La revocatoria tiene como requisito que haya pasado un año, entonces tuvimos que esperar hasta ahora, pero fueron cuestiones de trabajarlo y es la única herramienta para que la gente se exprese”, dimensionó.

Apuntalando tales definiciones, el dirigente de Modecopa completó: “Creemos que los vecinos y dirigentes de Villa María tenemos que estar a la altura; si la Carta Orgánica da una herramienta constitucional para que se decidida en esta ciudad (sin intervención provincial), tenemos que utilizarla, por eso, todos los partidos tomamos la decisión de llevar adelante esta situación”, cerró.

 

Más precisiones

Según un documento aportado por el espacio, se explica que la Revocatoria Popular de Mandato puede ser solicitada por cualquier elector con la adhesión del 10% de los electores; se le debe solicitar al presidente del Concejo Deliberante; la solicitud debe tener expresión de motivos y pruebas; el presidente del concejo debe habilitar los registros para la recepción de las firmas de los adherentes; una vez vencido el término, la Junta Electoral tendrá 5 días hábiles para controlar y decidir sobre el cumplimiento de los requisitos; para ser revocado un mandato se necesita que vote la mitad mas uno de los electores habilitados. 

Desde el grupo consideran que se cumplen todos los requisitos.

 

La revocatoria del mandato  o referéndum revocatorio es un procedimiento por el cual los ciudadanos pueden cesar de su cargo público a un funcionario electo, antes del término de su respectivo período, mediante votación directa o por recolección de firmas, dependiendo de las dimensiones geográficas o poblacionales.

10
4
55%
Satisfacción
11%
Esperanza
7%
Bronca
7%
Tristeza
0%
Incertidumbre
18%
Indiferencia

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