Caso Fernando Báez Sosa - A poco de comenzar el juicio por el crimen cometido en Villa Gesell

Piden “homicidio por alevosía y premeditado”: ¿de qué se trata?

La familia de la víctima quiere demostrar que hubo intención de matar. Podría convertirse en un fallo ejemplar
miércoles, 3 de febrero de 2021 · 08:30

Escribe Dr. Juan Ignacio Maurin (*)
Especial para El Diario

A un año de la muerte de Fernando Báez Sosa, el joven que fue brutalmente asesinado por un grupo de rugbiers en la ciudad balnearia de Villa Gesell, la etapa de juicio oral y público está a punto de comenzar.

La Fiscalía y la familia de la víctima pidieron que la acusación que se formule en el juicio oral sea la de homicidio doblemente agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas, con pena prevista de prisión perpetua.

¿De qué se trata? ¿Podría convertirse en un fallo ejemplar?

Alevosía significa actuar sobre seguro, sin riesgo. Aprovechar cobardemente la situación de indefensión de la víctima. Está previsto en el inciso 2º del artículo 80 del Código Penal de la Nación.

“El concurso premeditado de dos o más personas” implica otra forma de agravar el homicidio, prevista en el inciso 6º y no solo refiere a la pluralidad de agresores, sino también al fin común que tienen con su accionar.

En concreto: la acusación sostiene que el grupo de “rugbiers” tomó la decisión de matar a Fernando Báez Sosa y, para ello, decidió dividir sus funciones. Unos lo atacaron cuando estaba desprevenido y lo golpearon salvajemente hasta darle una patada en la cabeza que le causó la muerte. El otro grupo de imputados se encargó de evitar que los amigos de la víctima pudieran defenderlo, incluso golpeándolos (la acusación incluye el delito de lesiones leves).

Es importante aclarar que la pena para autores o partícipes necesarios es la misma.

Se descartó de esta manera cualquier alusión a un resultado accidental o no buscado por los agresores y también a la figura de “homicidio en riña”, que tiene una pena sensiblemente menor -máximo de seis años y requiere que haya una pelea, dos bandos. Si bien se mencionó algún empujón o enfrentamiento adentro del boliche, entre el tiempo transcurrido y las posibilidades que tuvieron los agresores una vez en la calle, no parece ser el caso.

Los imputados, por medio de su defensa técnica, debieron decidir si optaban ser juzgados por el tribunal profesional que corresponda o someterse a un juicio por jurados.

La elección no sorprendió: a través de su abogado renunciaron formalmente a la posibilidad de un juicio por jurado popular ya que aseguraron que la opinión pública fue condicionada por la condena social que se instaló como consecuencia de la construcción de sentido realizada a través de los medios masivos de comunicación

La opción de juicio por jurados aparece, en el régimen procesal de la provincia de Buenos Aires, para los imputados por delitos con penas mayores a 15 años de prisión, y consiste en ser juzgados por 12 ciudadanos mayores de edad sin ningún tipo de formación judicial ni conocimiento específico de la causa, y no deberán dar fundamento a su decisión.

Pueden renunciar a este derecho y enfrentar un juicio “técnico”.

Tal como se dijo, la pena prevista en caso de condena es la prisión perpetua. Implica que el penado puede solicitar su libertad condicional recién a los 35 años de condena. Para que se aplique en el juicio por jurados es necesario que el fallo del jurado sea unánime, que los 12 votantes estén convencidos de la culpabilidad.

Si bien es cierto que esta podría haber sido una posibilidad para la Defensa, que de plantear la duda en al menos uno de los jurados evitaría la máxima pena, también hay que reconocer que este asesinato generó una indignación y un dolor social inevitablemente acompañado del deseo del máximo castigo para los autores y que el jurado inevitablemente estaría “contaminado” de preconceptos y se podría haber visto afectada su imparcialidad.

Por esto, no sorprende la decisión de la Defensa de los “rugbiers”.

De cualquier forma, para alcanzar la condena a ­­­perpetua que viene reclamando la familia Báez Sosa, en el alegato final del juicio oral que se espera que se lleve a cabo este año, la acusación deberá poder acreditar que los agresores tomaron la decisión y tuvieron en todo momento la intención de matar a la víctima.

 

(*) Abogado penalista graduado en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires. Especialista en Derecho Penal y con experiencia en la defensa de DD.HH. y violencia de género. Miembro del estudio Spoltore - Maurin.

 

20%
Satisfacción
20%
Esperanza
60%
Bronca
0%
Tristeza
0%
Incertidumbre
0%
Indiferencia

Comentarios