Ajuste de cuentas - Imputado por “homicidio simple, agravado por uso de arma de fuego”

Preventiva para un villanovense que mató a otro por una deuda de drogas

A José Luis Cornejo se le atribuye haber asesinado de un balazo en la cabeza a Mario Alberto Gómez. El hecho ocurrió el 31 de marzo en la esquina de bulevar Argentino y calle Independencia, en el límite de los barrios Florida y Los Olmos de la vecina ciudad

La fiscal Juliana Companys dictó ayer la prisión preventiva de José Luis Cornejo (35), un hombre que está acusado de haber dado muerte a Mario Alberto Gómez (38), quien fue baleado en la vía pública de Villa Nueva el pasado 31 de marzo.

Cornejo está imputado como presunto autor de “homicidio simple, agravado por uso de arma de fuego”, un delito que tiene una sanción mínima de 10 años y ocho meses de prisión, a tenor de lo que establecen los artículos 79 y 41 bis del Código Penal de la Nación (ver “Qué dice la ley”).

El grave hecho que se le atribuye se produjo alrededor de las 11 de la noche de aquel domingo en la intersección de bulevar Argentino y calle Independencia, en el límite de los barrios Florida y Los Olmos de la vecina ciudad.

Si bien todavía no está plenamente acreditado el móvil del crimen, todos los elementos indiciarios colectados por la Justicia permiten inferir que se trató de un “ajuste de cuentas” por una deuda relacionada con la venta de drogas.

De acuerdo con la acusación elaborada por la fiscal, Cornejo salió de su casa (ubicada a una cuadra y media del lugar del ataque) portando un revólver, circunstancia que fue advertida por al menos dos testigos que lo vieron pasar por la vereda empuñando el arma.

El agresor fue al encuentro de Gómez, quien estaba parado en la referida esquina villanovense y, sin mediar palabras, le descerrajó cuatro disparos a quemarropa, aunque solo uno impactó en la cabeza de la víctima. El proyectil ingresó por un ojo y quedó alojado en el interior del cráneo.

Gómez fue trasladado de urgencia al Hospital Regional Pasteur, donde quedó internado en la Unidad de Terapia Intensiva en gravísimo estado y falleció después de agonizar durante 36 horas.

Luego de consumar el ataque a balazos, Cornejo se alejó corriendo y en un descampado ubicado a pocos metros de su casa se quitó las prendas de vestir que llevaba, que estaban manchadas con sangre, y les prendió fuego.

Sin embargo, la rápida intervención de la Policía posibilitó su detención momentos más tarde, cuando el agresor se encontraba en su domicilio.

Al requisar el campito donde había quemado la ropa, los uniformados hallaron un arma de fuego, que está siendo peritada a los efectos de establecer si de allí salió la bala que fue extraída del cráneo de Gómez durante la autopsia.

Asistido por la defensora oficial Silvina Muñoz, Cornejo se abstuvo de declarar al ser indagado por la fiscal Companys, quien todavía debe esperar los resultados de unas pericias y concluir otras diligencias procesales.

De todos modos, se estima que en menos de un mes (mediados de junio), la funcionaria estaría elevando la causa a juicio oral.

 

Qué dice la ley

El artículo 79 del Código Penal establece que “se aplicará prisión de ocho a 25 años al que matare a otro, siempre que (...) no se establezca otra pena”.

En tanto, el artículo 41 bis del mismo cuerpo legal precisa que “cuando alguno de los delitos previstos en este Código se cometiera con violencia o intimidación contra las personas mediante el empleo de un arma de fuego, la escala penal prevista para el delito de que se trate se elevará en un tercio en su mínimo y en su máximo, sin que ésta pueda exceder el máximo legal de la especie de pena que corresponda”.

En definitiva, la escala prevista para el “homicidio simple” (de ocho a 25 años), cuando se trata de uno “agravado por uso de arma de fuego”, se eleva a 10 años y ocho meses el mínimo, mientras que el máximo alcanza los 33 años y cuatro meses de prisión.

Si al momento de ser juzgado Cornejo es declarado culpable, recibirá entonces una condena mínima de 10 años y ocho meses de cárcel, siempre y cuando no haya otros agravantes que puedan elevar esa pena.

 

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