Perpetua para un sujeto que baleó, golpeó y estranguló a su expareja
La Cámara del Crimen de Río Tercero, presidida por el vocal Marcelo José Ramognino, le impuso la pena de prisión perpetua a Adrián Norberto Pérez Tica (56) por el femicidio de su expareja, Roxana Silvina Rotchen (51).
El magistrado lo declaró autor penalmente responsable del delito de “homicidio doblemente agravado, por el vínculo y por mediar violencia de género” (femicidio), en concurso real con “amenazas” y “tenencia ilegal de arma de fuego”.
Inicialmente, la causa se clasificó con intervención de jurados populares, tal como lo establece la Ley 9.182. Sin embargo, en atención al acuerdo arribado entre la Defensa y la Fiscalía, quienes manifestaron su deseo de realizar un juicio abreviado, se dejó sin efecto la intervención del jurado.
Por ello, al iniciarse el debate, el acusado reconoció íntegramente los hechos y manifestó su arrepentimiento, lo que permitió que la causa se resolviera mediante la modalidad de juicio abreviado.
El hecho ocurrió el 15 de abril de 2025 en la localidad de Los Reartes y, según consta en la sentencia, la relación de la pareja estuvo signada por una escalada de violencia de género caracterizada por conductas de control, humillaciones e intimidaciones por parte de Pérez hacia Rotchen.
Tras la decisión de la víctima de finalizar el vínculo, a finales de 2024, se suscitaron conflictos por reclamos económicos relacionados con la división de sus bienes.
El día del crimen, tras una discusión en la vivienda que compartían, Pérez disparó contra la mujer con una carabina Winchester calibre 32, causándole una herida en su hombro izquierdo. Inmediatamente después, el agresor le propinó múltiples golpes y, por último, la estranguló con sus manos. La asfixia fue la causa eficiente de la muerte.
Tras el asesinato, el femicida trasladó el cuerpo hacia el vehículo de Rotchen.
Horas más tarde, Pérez envió mensajes de audio amenazando de muerte a un allegado de la víctima. Fue detenido en su domicilio, donde la Policía secuestró el arma utilizada.
En el veredicto, el juez Ramognino señaló que “la intensidad del ataque deja en evidencia el propósito homicida del encartado, quien, con su conducta premeditada, creó un riesgo relevante, jurídicamente desaprobado para el bien jurídico vida”.
