Coronavirus

Córdoba: no se podrán realizar reuniones familiares por 15 días

Desde el COE Central se anunció el acatamiento al DNU del gobierno nacional sobre la prohibición de las reuniones (familiares y sociales) en las próximas dos semanas

El titular del Centro de Operaciones de Emergencia (COE) central, Juan Ledesma, informó este mediodía en una conferencia de prensa el acatamiento de la provincia al Decreto 641 nacional que dispone la prohibición por 15 días de las reuniones sociales y familiares en todo el país.

En el caso de Córdoba, al estar ya prohibidas las reuniones sociales, lo que que también queda suspendido por 15 días son las reuniones familiares; hasta ayer, las reuniones familiares estaban permitidas únicamente el domingo, en una franja horaria establecida, y con una concurrencia hasta 10 personas.

El propio Ledesma aclaró que el acatamiento "es en reuniones en sectores cerrados y en casas de familia” y agregó que se mantiene la actividad gastronómica, de bares, restaurantes y confiterías. Se sigue funcionando según el protocolo vigente”.

Argumentó que la medida es por la “falta de responsabilidad social” de la población porque, desde que entró en vigencia las reuniones familiares, se marcó un ascenso en el número de contagios.

"Vemos esto como una problemática y creemos que es positiva esta decisión", apuntó.

Fuente: La Nueva Mañana.

 

El decreto

El Gobierno Nacional oficializó hoy el decreto que, como parte de las restricciones dispuestas, ratificó que quedan prohibidos los "eventos culturales, recreativos y religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a 10 personas", según lo estipula el DNU firmado anoche por el Presidente y todo su gabinete.

Además, prohíbe los "eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente".

La infracción a esa última disposición "deberá ser denunciada por la autoridad interviniente a fin de que la autoridad competente determine si se cometieron los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal", añade el DNU.

También está prohibida la "práctica de cualquier deporte donde participen más de 10 personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de 2 metros entre los participantes", del mismo modo que los cines, teatros, clubes y centros culturales.

Extracto del DNU nacional que entró en vigencia hoy en todo el país

Además, el DNU ratifica la limitación del servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional sólo para los "casos" de actividades esenciales, y se sostiene la restricción para el turismo.

El DNU se dictó con el "objeto de proteger la salud pública, lo que constituye una obligación indelegable del Estado nacional en el marco de la declaración de pandemia emitida por la Organización Mundial de la Salud (OMS), con fecha 11 de marzo de 2020, y de la emergencia pública en materia sanitaria ampliada por el Decreto N° 260/20 y su modificatorio, y en atención a la situación epidemiológica existente en las distintas regiones del país con relación al Covid-19", dice el texto.

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