Con jurados populares - En el quinto piso de los Tribunales villamarienses

Empieza el lunes el juicio oral por el femicidio de Liliana Stefanatto

Ignacio Aldeco está acusado por “homicidio doblemente calificado, por el vínculo y por violencia de género”, delito que tiene como única pena la prisión perpetua. El crimen ocurrió el 1 de febrero de 2021 en un departamento ubicado a la vuelta de la Catedral
viernes, 24 de marzo de 2023 · 07:30

El próximo lunes comenzará en la Cámara del Crimen de Villa María el juicio oral y público por el asesinato de Liliana Beatriz Stefanatto (54) y en el banquillo de los acusados estará sentado quien era su pareja al momento del hecho, Ignacio Emilio Aldeco (47).

Un tribunal compuesto por tres jueces técnicos y 12 jurados populares analizará la prueba colectada en el expediente elaborado por la fiscal que instruyó la causa, Juliana Companys, y deberán resolver sobre la inocencia o culpabilidad del presunto femicida.

Aldeco comparecerá imputado como supuesto autor de “homicidio doblemente calificado, por el vínculo y por mediar violencia de género”, un gravísimo delito que tiene como única pena la prisión perpetua (ver “Qué dice la ley”).

 

Hace casi 26 meses

El femicidio ocurrió el lunes 1 de febrero de 2021 en el interior de un departamento ubicado en calle Santa Fe 580, a pocos metros de su intersección con Estados Unidos y a la vuelta de la iglesia Catedral. Stefanatto presentaba varios golpes la cabeza, provocados con un elemento contundente.

Efectivos de la División Investigaciones de la Unidad Departamental General San Martín analizaron cámaras de vigilancia y recabaron testimonios, medidas que les permitieron arribar a la detención de Aldeco, que se concretó alrededor de la 1.30 de la madrugada del martes 2.

 

La “encontró” Aldeco

“Estoy preocupado, no me abre la puerta y no me contesta el teléfono”, le dijo Aldeco a una vecina del lugar minutos antes de que Liliana fuera hallada muerta. Eran las 5 de la tarde de ese primer lunes de febrero. Ni bien logró que le prestaran una llave, ingresó al inmueble que compartía con Stefanatto desde hacía un par de semanas y comenzó a gritar: “¡Ayuda, ayuda… Liliana está tirada en el piso!”

Junto con la vecina que le prestó el teléfono y la llave, llamaron a los bomberos y estos a la Policía. Así se inició una investigación que, en un primer momento, fue caratulada como “muerte de etiología dudosa”.

Pero algo no les cerraba a la fiscal Companys y a los investigadores, por lo que comenzaron a recabar pruebas, relevando cámaras de vigilancia, públicas y privadas, y obtuvieron varios testimonios de los vecinos. Con ese material llegaron a la sospecha en grado suficiente para imputar a Aldeco por el femicidio.

Para la funcionaria y los policías, el acusado “teatralizó” la sorpresa de haber encontrado muerta a su pareja. Todo indicaba que la había golpeado en la cabeza con un elemento romo, provocándole la muerte en el acto, y que después armó la escena.

 

Jueces y partes

El tribunal de la Cámara del Crimen estará integrado por los jueces Eve Flores, Félix Martínez y Nerina Gamero y, junto a ellos, un jurado popular compuesto por 12 ciudadanos comunes (seis mujeres y seis hombres), ocho de los cuales serán titulares y los restantes suplentes.

El Ministerio Público estará a cargo del fiscal de Cámara, Francisco Márquez, mientras que Aldeco será defendido por el abogado “ad hoc” Rodrigo Hayas, quien será asistido por la letrada Martina Roldán como auxiliar.

 

Una causa anterior

Por otra parte, cabe añadir que en un par de años antes del crimen, Aldeco estuvo detenido por “lesiones leves” y “amenazas”, hechos de violencia de género cometidos en perjuicio de la propia Stefanatto, e incluso la Justicia villamariense dictó una orden de restricción de acercamiento por 10 meses.

Aquella primera causa contra el presunto femicida fue enviada a la Cámara del Crimen local para su juzgamiento, pero con el imputado en libertad, que le había otorgado el Juzgado de Control el 31 de mayo de 2019, argumentando que “no había peligrosidad procesal” como para que permaneciera detenido.

 

Qué dice la ley

El “homicidio doblemente calificado, por el vínculo y por violencia de género” es legislado por el artículo 80 del?Código Penal de la Nación, en sus incisos 1º y 11º.

Dicha norma legal establece que “se impondrá prisión o reclusión perpetua (...) al que matare: 1º) a su ascendiente, descendiente, cónyuge, excónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia; 11º) a una mujer, cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”.

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