Nota empresaria - Procedimientos en ASPO y DISPO

Riesgos de accidentes de trabajo

Desde una compañía nacional de seguros se dan a conocer los pasos a seguir en casos de hisopado positivo de algún trabajador, así como medidas de prevención
martes, 10 de noviembre de 2020 · 08:30

Escribe Viviana Angulo
Productora de Sancor Seguros
Mat. 72015

Con motivo de la actual pandemia de coronavirus, las autoridades nacionales sancionaron diversas medidas de prevención a partir de la cual los empleadores deben planificar la normalización gradual de las tareas. Para ello es necesaria la implementación de sistemas de información, protocolos de actuación, concientización de los trabajadores y trabajadoras respecto de los cuidados y deber de información, etcétera.

Al respecto, desde Sancor Seguros destacamos que las empresas deben tener los afiches en lugares de fácil visualización, cumplir los protocolos según actividad declarada y otorgarles a sus empleados los elementos de protección necesarios, así como proveer elementos de protección determinados para Covid-19, con entrega documentada en una planilla.

En cuanto a la cobertura hay que tener en cuenta que a partir del primer día de septiembre, existen dos situaciones: los sectores con aislamiento social preventivo obligatorio (ASPO) y con distanciamiento social preventivo obligatorio (DISPO).

 

En ASPO

Se cubre por Covid-19 en las actividades esenciales autorizadas por decreto.

Los pasos a seguir son los siguientes:

- Apenas la persona tenga el hisopado deberá hacer la denuncia a Prevención ART adjuntando la dispensa y se continuará con el protocolo correspondiente dando cobertura y siguiendo las indicaciones, de la compañía.

- El procedimiento para lo administrativo es como siempre, 10 primeros días del sueldo a cargo del empleador y a partir del décimo primer día a cargo de la compañía.

 

En DISPO

Se cubre COVID-19 solamente al personal esencial de salud.

Cabe destacar que esto lo establece la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, mientras que las compañías solo responden ante estas decisiones por decretos.

Repasamos también disposiciones que rigen para todas las aseguradoras en riesgos del trabajo:

- Las empresas con personas realizando home office o teletrabajo no deben olvidar que deben notificar vía correo electrónico acerca del personal afectado, detallando altas y bajas indefectiblemente. Esto no implica necesariamente que les den cobertura de Covid-19.

- Si los trabajadores no están cubiertos en una aseguradora de riesgos del trabajo en las actividades especificadas y tampoco en las pólizas de accidentes personales, la compañía Sancor Seguros desarrolló productos que cubren Covid-19 para complementar este seguro. Podemos brindar asesoramiento acompañando en este momento de incertidumbre. Consideramos que lo fundamental son las habilidades humanas y el trabajar en equipo.

 

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