Blooper - La Carta Orgánica excluye a familiares directos del intendente en las secretarías

Franco Graglia juró para un cargo que no puede ocupar y baja un escalón

Mauro Bizarri, será el titular de la Secretaría de Relaciones Institucionales y Graglia será el subsecretario. Después de jurar, el área Letrada informó que está impedido por Carta Orgánica, dado que es hermano del intendente
domingo, 12 de enero de 2020 · 11:00

Un rumor corrió como un fantasma durante los primeros días del año en la Municipalidad local. Este se refería a que Franco Graglia, hermano del intendente municipal Natalio Graglia no podría asumir formalmente en la Secretaría de Relaciones Institucionales y Políticas Públicas: un cargo que, a priori, había sido oficializado teniendo al trabajador municipal encabezando el sector.

A pesar de que el primer día de diciembre, mediante un acto protocolar en la plaza Capitán de los Andes, el nuevo secretario prestó juramento, finalmente no podrá asumir tal cartera ya que la Carta Orgánica Municipal se lo impide en el Capítulo II, Artículo 68, donde se establece que no podrán ser secretarios del Departamento Ejecutivo los ascendientes o descendientes del intendente.

Tal impedimento afecta al linaje en línea recta y también a los parientes colaterales de segundo grado.

La situación finalmente tomó tal magnitud ya que a ciencia cierta fuentes consultadas por El Diario afirman que él nunca había sido nombrado oficialmente. Asimismo, durante los últimos días, el ahora extitular se presentó en diferentes instituciones y con sus pares.

Ese mismo camino, según fuentes consultadas, ocupará el exconcejal Mauro Bizarri, quien se encontraba trabajando en la Secretaría de Desarrollo Social, teniendo así por primera vez a su cargo el rol de secretario. Según trascendió, Franco Graglia iría entonces como subsecretario de tal estamento.

La noticia sorprendió sobremanera, ya que la gestión comenzó hace poco su segundo mandato y la norma ciudadana es bien clara respecto a las incompatibilidades.

 

Antecedente

Durante 2019 la Dirección de Juventud había estado a cargo del hermano del intendente; Bizarri, por su parte, había estado en la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana para luego formar parte del Concejo Deliberante posicionándose actualmente Eduardo Astesano en tal estamento público.

 

Capítulo II - Artículo 68

¿Qué expresa la norma?

En el cápitulo segundo de la Carta Orgánica de la Ciudad de Villa Nueva, el mismo se refiere en primer término a los requisitos, referendos e impedimentos para ocupar una secretaría.  Más precisamente, expresa:

“Artículo 68: los secretarios son nombrados y removidos por el intendente o por las causales y el procedimiento del Juicio Político, rigiendo respecto de ellos los requisitos, inhabilidades,incompatibilidades previstos en los artículos 36 y 37, con excepción de los referido a la residencia.

Refrendan, en el ámbito de su competencia, los actos del intendente, sin cuyo requisito carecen de validez.

Son solidariamente responsables por estos actos y tienen el deber de excusarse en todo asunto en que fueren parte interesada.

Pueden por sí solos pueden tomar las resoluciones que las ordenanzas les autoricen de acuerdo con su competencia y en aquellas materias administrativas que el intendente les delegue expresamente con arreglo a derecho.

No podrán ser secretarios del Departamento Ejecutivo, sus ascendientes o descendientes en línea recta y parientes colaterales de segundo grado”.

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